La Comisión Ecuatoguineana de Juristas condena energéticamente la reciente suspensión temporal de las actividades de la confesión religiosa cristiana “Testigos de Jehová”, ordenada por el Ministerio de Justicia, Culto y Derechos Humanos, mediante la Resolución núm. 15/2025.
Esta drástica medida fue adoptada el 15 de abril, únicamente contra esta confesión religiosa, debido a su ausencia en los actos del Día Nacional de la Oración, evento presidido por el Presidente de la República, y que congregó a varias confesiones religiosas establecidas en el país.
Debe hacerse constar que, desde que se instauró en Guinea Ecuatorial el Día de la Oración, la representación de la Iglesia Cristianos de Testigos de Jehová nunca ha asistido a dicho acto, siendo el actual Ministro de Justicia el primero que adopta esta drástica decisión, argumentando un acto de desacato e insubordinación.
La suspensión de una confesión religiosa vulnera derechos de libertad religiosa y de culto recogidos en el artículo 13 de la Ley Fundamental y contradice compromisos internacionales suscritos por el país en materia religiosa, como el artículo 18 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el artículo 8 de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos.
La Ley de Libertad Religiosa vigente en el país establece en sus artículos 21 a 27 disposiciones que regulan la conducta de los ministros de culto. En ningún caso se puede considerar un acto de desacato o insubordinación la mera ausencia en un acto institucional. Por tanto, la aplicación de estas disposiciones para justificar la suspensión resulta jurídicamente improcedente y contrario al derecho a la libertad religiosa y de culto.
Desde la Comisión Ecuatoguineana de Juristas instamos al Ministerio de Justicia, Culto y Derechos Humanos a revocar dicha Resolución, a restituir plenamente los derechos de la confesión religiosa "Testigos de Jehová". Reiteramos que el respeto y protección de la libertad de pensamiento, consciencia, religión o creencia es una condición indispensable y urgente para la existencia de un Estado de derecho, y para el supuesto objetivo del Día de Oración, cual es unir al pueblo bajo la protección divina.