06 de mayo de 2026
En noviembre de 2025, el Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas sobre la Detención Arbitraria adoptó la Opinión núm. 70/2025 relativa al abogado y defensor de derechos humanos Anacleto Micha Ndong Nlang, cuya versión oficial ha sido publicada recientemente, el 16 de febrero de 2026, pidiendo su liberación inmediata.
El Grupo de Trabajo señala que esta detención vulnera diversos artículos de la Declaración Universal de Derechos Humanos y del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Además, la clasifica dentro de varias categorías de detención arbitraria (I, II, III y V) lo que refleja la gravedad del caso. Entre las irregularidades identificadas se encuentran la detención sin orden judicial, la falta de información sobre los cargos, el uso abusivo de la prisión preventiva, las limitaciones al derecho de defensa, así como periodos de incomunicación y posibles malos tratos.
En consecuencia, el Grupo de Trabajo solicita al Gobierno de Guinea Ecuatorial que adopte sin dilación las medidas necesarias para remediar la situación, señalando expresamente que el remedio adecuado es la puesta en libertad inmediata de Anacleto Micha Ndong Nlang, junto con el reconocimiento de su derecho a una indemnización y otras formas de reparación.
Esta decisión ha sido acogida como un avance significativo en la búsqueda de justicia por parte de diversas organizaciones de derechos humanos, entre ellas la Human Rights Foundation (HRF), que impulsó la comunicación ante el mecanismo internacional.
Recordemos que el gobierno anunció que iba a dar respuesta el pasado mes de abril al requerimiento hecho por el Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias acerca de Anacleto Micha y el grupo de annoboneses detenidos en 2024 e indultados en 2025. Anacleto Micha, sin embargo, sigue detenido sin acceso a sus abogados o familiares.
La CEJ reitera la obligación del Estado de cumplir con sus compromisos internacionales en materia de derechos humanos y de garantizar el respeto efectivo de las garantías procesales, el derecho a la libertad personal y la protección de las personas defensoras de derechos humanos.
Puede leer el documento del Grupo de Trabajo Sobre Detenciones Arbitrarias aquí.