14 de mayo de 2026
GINEBRA — Por lo menos nueve personas actualmente detenidas en Malabo, en Guinea Ecuatorial, corren un riesgo inminente de devolución (refoulement) tras su deportación desde Estados Unidos en virtud de un acuerdo bilateral, advirtieron hoy expertos.
“Nos preocupan profundamente las denuncias de que personas necesitadas de protección internacional han sido sometidas a mecanismos de traslado que las exponen a riesgos de daños irreparables”, señalaron los expertos. “Los Estados deben garantizar que nadie sea devuelto, directa o indirectamente, a una situación donde su vida, libertad o integridad física o mental estén en peligro.”
Las personas detenidas en Malabo —incluyendo nacionales de Angola, Eritrea, Etiopía y Mauritania— forman parte de un grupo de por lo menos 29 personas deportadas desde Estados Unidos en virtud de un acuerdo bilateral temporal de traslado. Todas habían recibido previamente protección por jueces de inmigración en Estados Unidos, ya sea mediante órdenes de suspensión de expulsión conforme a la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) o en virtud de la Convención contra la Tortura (CAT).
“También nos preocupa que estos acontecimientos parezcan reflejar tendencias más amplias de externalización de la migración, con traslados de migrantes, solicitantes de asilo y personas necesitadas de protección internacional a terceros países, incluidos Estados africanos, sin garantías suficientes de derechos humanos.”
“Nos preocupan en particular los acontecimientos de los últimos cinco días, que indican que funcionarios de seguridad del Gobierno se han acercado directamente a las personas detenidas, presentándoles documentos en español y solicitando que los firmen para completar su expulsión”, indicaron los expertos.
Advirtieron que la expulsión de personas a países donde corren un riesgo real de persecución, tortura u otras violaciones graves de derechos, incluida la violencia sexual y de género, las expondría a daños irreparables y sería ilegal conforme al derecho internacional. También expresaron preocupación por las restricciones al acceso a asistencia letrada, las limitaciones en la comunicación con abogados, la falta de evaluaciones individualizadas antes de las decisiones de deportación y los preocupantes informes sobre las condiciones de detención. Recordaron que el principio de no devolución es absoluto en el derecho internacional y que las garantías de debido proceso son esenciales. Asimismo, recordaron que todas las personas privadas de libertad deben ser tratadas con humanidad y dignidad.
“Hacemos un llamamiento al Gobierno de Guinea Ecuatorial para que suspenda inmediatamente cualquier deportación de personas en riesgo, garantice el pleno respeto del principio de no devolución y asegure el acceso rápido a asistencia jurídica y a recursos efectivos”, dijeron los expertos.
“Las autoridades deben llevar a cabo evaluaciones de protección individualizadas e independientes, asegurar que las condiciones de detención cumplan las normas internacionales —incluido el acceso a atención médica y a necesidades básicas, incluida la salud sexual y reproductiva—, y garantizar la transparencia de cualquier acuerdo de traslado migratorio, revisándolos para asegurar su conformidad con el derecho internacional.”
“La cooperación internacional en materia de migración y asilo no debe hacerse a expensas de los derechos humanos fundamentales”, añadieron. “Alentamos al Gobierno de Guinea Ecuatorial a colaborar con las agencias de la ONU pertinentes, incluido ACNUR y la OIM, para recibir orientación y apoyo en el cumplimiento de sus obligaciones internacionales.”
La Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, mediante la Resolución ACHPR/Res.645 (LXXXV) de 2025 sobre la externalización de la gobernanza migratoria y los traslados extrarregionales de migrantes y solicitantes de asilo a Estados africanos, ya había advertido contra prácticas que puedan resultar en la externalización de responsabilidades de protección internacional de manera incompatible con las obligaciones internacionales y regionales de derechos humanos.
Los expertos continúan en contacto con el Gobierno.
Los expertos de procedimientos especiales :
Gehad Madi, Relator Especial sobre los derechos humanos de los migrantes
Cecilia M. Bailliet, Experta Independiente sobre los derechos humanos y la solidaridad internacional
Ashwini K.P., Relatora Especial sobre las formas contemporáneas de racismo, discriminación racial, xenofobia e intolerancia conexa
Siobhán Mullally, Relatora Especial sobre la trata de personas, especialmente mujeres y niños
Alice Jill Edwards, Relatora Especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes
Reem Alsalem, Relatora Especial sobre la violencia contra las mujeres y las niñas, sus causas y consecuencias
Claudia Flores (Presidenta), Ivana Krstić (Vicepresidenta), Dorothy Estrada Tanck, Haina Lu y Laura Nyirinkindi, Grupo de Trabajo sobre la discriminación contra las mujeres y las niñas; y
Nazila Ghanea, Relatora Especial sobre la libertad de religión o de creencias
* Mecanismo especial de la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos:
Los relatores especiales/expertos independientes/grupos de trabajo son expertos independientes en derechos humanos nombrados por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. En conjunto, estos expertos se denominan procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos. Los expertos de los Procedimientos Especiales trabajan de forma voluntaria; no son personal de la ONU y no reciben un salario por su trabajo. Aunque la Oficina de Derechos Humanos de las Naciones Unidas actúa como secretaría de los Procedimientos Especiales, los expertos actúan a título individual y son independientes de cualquier gobierno u organización, incluidas la OACNUDH y las Naciones Unidas. Cualquier punto de vista u opinión presentados son exclusivamente los del autor y no representan necesariamente los de la ONU o de la OACNUDH.
Las observaciones y recomendaciones específicas por país de los mecanismos de derechos humanos de la ONU, incluidos los procedimientos especiales, los órganos de tratados y el Examen Periódico Universal, pueden consultarse en el Índice Universal de los Derechos Humanos https://uhri.ohchr.org/es/.
Derechos Humanos de la ONU, página de país – https://www.ohchr.org/es/countries/equatorial-guinea
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